Aclaraciones sobre incidencias durante la huelga indefinida docente en centros educativos públicos no universitarios Durante estos primeros días de la huelga indefinida convocada por diversas organizaciones sindicales, que afecta al personal funcionario docente de las etapas educativas públicas no universitarias de la Comunidad de Madrid desde el pasado 14 de octubre, nos habéis trasladado algunas consultas y quejas sobre incidencias que consideramos oportuno compartir y aclarar: Servicios mínimos esenciales: Se están enviando a las familias algunas circulares que no se ajustan a la legislación vigente, ya que se están comunicando dotaciones de servicios mínimos inferiores a las obligadas por la normativa aprobada; por ejemplo, en los centros educativos con segundo ciclo de Educación Infantil y Primaria debe haber un maestro por cada 50 alumnos o fracción en los servicios mínimos, siendo que en algunas circulares esto se ha obviado. El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicó el pasado 9 de octubre la ORDEN 4252/2026 por la que se establecen los servicios mínimos esenciales en los centros docentes y educativos públicos no universitarios con ocasión de las mencionadas huelgas. En ésta, https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/10/09/BOCM-20261009-25.PDF, se fijan los servicios mínimos para todos los centros docentes, ya sean centros ordinarios de cualquier ciclo, centros específicos o cualquier otro cuyo personal esté convocado a las huelgas. La responsabilidad de los servicios mínimos recae en la dirección del centro por lo que el incumplimiento de la obligación de atender estos servicios mínimos será sancionado de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable. Huelga general prevista para el 11 de noviembre: El derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses es un derecho reconocido en la Constitución, al igual que el establecimiento de las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad. Como la educación pública tiene ese carácter de servicio esencial, será obligatorio que, unos días antes del 11 de noviembre, se publique otra orden que regule los servicios mínimos para aquella huelga. Informar en circulares difundidas de que no habrá servicios mínimos ese día es una afirmación no ajustada al marco legal vigente. Alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE): Más allá de la mención que para los centros con ACNEE establece la orden de los servicios mínimos mencionados, es especialmente relevante recordar la importancia que para este alumnado tienen sus referentes fijos en los centros educativos. No podemos olvidar que, en el contexto de una huelga convocada con carácter indefinido, existe en este alumnado un riesgo mayor de retroceso en su proceso educativo, emocional y madurativo. De ahí que, respetando el derecho de huelga que los docentes de nuestros hijos e hijas están llevando a cabo, nos vemos en la obligación de insistir en la necesidad de mantener la atención que merecen y a la que tienen derecho, y volvemos a reclamar un esfuerzo adicional con relación a la atención de este alumnado de forma que el interés superior del menor también sea respetado y garantizado. Formularios de asunto-expone-solicita para enviar a la Consejería de Educación: Nos habéis hecho llegar un borrador dirigido a las familias, cuyo origen se desconoce, en el que se pide rellenar y firmar un documento que solicita “Que la Consejería de Educación se siente inmediatamente junto al Comité de Huelga Unitario de la Educación Pública de la Comunidad de Madrid y atienda a sus demandas”. Sobre este documento resulta necesario recalcar que, para cualquier asociación, las facultades de la junta directiva están enmarcadas en los fines y actividades que se reflejan en sus estatutos, por lo que cualquier actuación que salga de este marco necesita autorización previa expresa de su asamblea general, para evitar responsabilidades por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de sus funciones, de ahí que os recomendemos acordar previamente en asamblea extraordinaria cualquier acción que sobre estas huelgas realicéis en representación de vuestra AMPA, lo que también incluye la difusión de este formulario. Cajas de resistencia: Las denominadas “cajas de resistencia” son fondos creados para apoyar a trabajadores que participan en una huelga. Se nutren de aportaciones individuales de trabajadoras y trabajadores del sector en huelga, que, dependiendo de la causa, encuentran apoyo en personas de otros ámbitos que se solidarizan con su causa. Las Asociaciones a las que representáis no pueden destinar aportaciones económicas para esta causa, dado que están obligadas a destinar sus fondos exclusivamente a sus propios fines. Por ello, tal y como se ha explicado en el punto anterior, cualquier acción que no se ajuste a lo recogido en los Estatutos podría suponer enfrentarse a responsabilidades legales. La anterior limitación no impide, evidentemente, que cualquier persona a título individual pueda contribuir a la causa con las aportaciones que considere oportunas. Actividades Extraescolares: Dado que la convocatoria de huelga actualmente únicamente afecta al personal funcionario docente de las etapas educativas públicas no universitarias de la Comunidad de Madrid, todas las actividades que organizáis en las AMPAS deben desarrollarse con normalidad. Diferente escenario será el que nos encontremos el 11 de noviembre, cuya convocatoria de huelga general se extiende a cualquier trabajador y, por tanto, sí podría verse afectada la dinámica general de vuestras actividades. Más adelante informaremos sobre ello. Sobre la convocatoria y duración de la huelga: Como ya indicamos en la circular del pasado 5 de octubre, aunque las AMPAS y las familias no estamos convocadas a esta huelga, ni formamos parte de las organizaciones convocantes, la FAPA respeta plenamente el derecho de huelga y la convocatoria realizada por las organizaciones sindicales, así como la legitimidad de las reivindicaciones laborales y profesionales que la motivan. De igual modo, insistimos en el respeto mutuo entre todos los integrantes de la comunidad educativa y a la responsabilidad compartida de seguir trabajando por una educación pública de calidad, que tenga en cuenta tanto los derechos laborales de sus profesionales como los derechos educativos y las necesidades de niños, niñas, jóvenes y familias. Lo mismo ocurre con la duración indefinida de la huelga, otra de las consultas más reiteradas, cuestión sobre la que la FAPA Francisco Giner de los Ríos no puede actuar en contra, ni exigir que tenga una duración acotada, dado que quienes la convocan tienen la responsabilidad y el derecho a realizarla con la duración que consideren conveniente. Esperamos que el conflicto pueda resolverse lo antes posible. Os animamos a que nos sigáis enviando vuestras incidencias y dudas, que intentaremos resolver con el respaldo de nuestros servicios jurídicos. La FAPA Giner de los Ríos reitera la exigencia de soluciones urgentes ante la falta de auxiliares de conversación y alerta de las desigualdades entre centros 209 Puntúe este artículo: 5.0 Etiquetas: FAPA educación huelga Más enlaces Circular en PDF